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Impuesto de Patrimonio y Solidaridad en Mallorca

*Si compras en el segmento premium, este capítulo es determinante: las Baleares son aquí una de las regiones más favorables para el comprador en toda España — pero cuando se trata de grandes patrimonios, el Estado aún puede reclamar lo suyo mediante un "impuesto a los ricos" propio. Quien entienda esto a tiempo planifica correctamente la estructura de adquisición.*


Impuesto sobre el Patrimonio — el gravamen anual sobre el patrimonio#

El Impuesto sobre el Patrimonio se devenga cada año sobre tu patrimonio neto. Para ti, como no residente, la buena noticia es que se grava únicamente el patrimonio situado en España — en la práctica, sobre todo tu inmueble en Mallorca. Se declara mediante el Modelo 714.

Lo que importa en Baleares: el elevado mínimo exento#

🟡 Las Baleares han elevado el mínimo exento personal (mínimo exento) desde el 1-1-2024 de 700.000 € a 3.000.000 €. Hasta ese límite no se genera Impuesto sobre el Patrimonio autonómico. Para la vivienda habitual se añade además una exención de hasta 300.000 €. Por encima del umbral, el tipo balear se mueve entre aproximadamente el 0,20 % y el 3,5 %.

Importante para la práctica — cuándo debes presentar declaración en cualquier caso:

  • La obligación de declarar surge en cuanto realmente hay que pagar impuesto, o
  • cuando el valor bruto de tus bienes y derechos supera los 2.000.000 € — y esto

con independencia de si al final resulta o no cuota a ingresar.


Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas (ITSGF)#

Por encima del nivel autonómico existe un impuesto estatal de solidaridad sobre las grandes fortunas (Modelo 718). Se introdujo en 2023 y se prorrogó de forma indefinida en 2025. Se aplica a partir de un patrimonio neto de 3.000.000 €; teniendo en cuenta el mínimo exento de 700.000 €, la carga efectiva real comienza en torno a los 4 millones de €.

La finalidad de este impuesto explica por qué sigue siendo relevante para ti como comprador de gran patrimonio, a pesar de la generosidad balear: pretende evitar que los elevados mínimos exentos autonómicos diluyan por completo la tributación de los grandes patrimonios. Donde la región no grava, entra el Estado. También aquí rige: a los no residentes se les grava sobre su patrimonio situado en España.

🟡 Lo que está en movimiento ahora mismo (2025/2026)#

El marco legal está en movimiento — y a tu favor:

  • El Tribunal Supremo, mediante las sentencias de 29-10 y 03-11-2025, ha extendido

el "escudo" del Impuesto sobre el Patrimonio (escudo fiscal / límite conjunto) también a los no residentes.

  • Una resolución del TEAC de 24-09-2025 abre a los residentes de fuera de la UE la posibilidad de

optar por la normativa autonómica.

En resumen, esto significa: una mejora sustancial a partir de 2026 — si bien la práctica de aplicación concreta de la AEAT todavía no está cerrada. Planifica, por tanto, con asesoramiento, no con suposiciones. 🟡


❓ Pregunta frecuente#

¿Tengo que pagar el Impuesto de Patrimonio en Mallorca como comprador extranjero?

Solo se grava el patrimonio situado en España. En Baleares te protege un elevado mínimo exento de 3 millones de € por persona. Solo por encima de esa cifra — y en paralelo, a partir de 3 millones de € mediante el impuesto estatal de solidaridad — puede llegar a generarse alguna carga fiscal.


Fuentes (selección)#

  • ATIB / Iberley (mínimo exento Baleares 3 millones de €) · AEAT Modelo 714/718
  • Cuatrecasas / Martínez-Cardós (sentencias del TS 2025, escudo fiscal) — Estado 🟡
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