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24 · De dónde proceden nuestros datos — y cuán fiables son

*Para que puedas valorar como comprador en qué te puedes apoyar aquí: este capítulo desvela cómo se elaboró el glosario, en qué fuentes confiamos, dónde hemos contrastado la información — y qué preguntas dejamos deliberadamente sin cerrar todavía.*


Cómo hemos trabajado#

Nuestra exigencia como asesoría independiente de compradores es simple: debes poder confiar en cada cifra, cada artículo y cada término técnico — o saber exactamente cuándo eso todavía no es el caso. Detrás hay un proceso de tres fases.

1. Investigación en amplitud y en profundidad. Hemos hecho correr unas 20 líneas de investigación paralelas a través de todos los campos temáticos relevantes para la compra en Mallorca — desde el propio proceso de compra, pasando por impuestos, legalidad y ETV, hasta el derecho de sucesiones, casos particulares por nacionalidad, banca, relocation, coche/vida cotidiana y las trampas clásicas. 2. Verificación deliberadamente adversarial (a contracorriente). Las fuentes se contradicen más de lo que uno podría pensar — incluso las webs de abogados a veces se equivocan. En todos los puntos donde los datos no coincidían, dos líneas propias de verificación contrastaron directamente los puntos controvertidos con las fuentes primarias: el texto legal (BOE/BOIB), los organismos oficiales (ATIB/AEAT/DGT) y las sentencias judiciales (CENDOJ/TC). 3. Ninguna suposición se presenta como hecho. Lo que no pudo acreditarse con solidez no lo adornamos, sino que lo dejamos abiertamente marcado como 🔴 sin resolver. Aquí no se especula.

Qué significan los marcadores#

Cada afirmación lleva una clasificación sobre su solidez:

  • acreditado — respaldado por una fuente primaria (ley, organismo oficial o sentencia).
  • 🟡 consolidado — varias fuentes especializadas independientes coinciden.
  • 🔴 sin resolver — antes de confiar en ello, comprueba la fuente primaria.

Para ti como comprador esto significa en concreto: en los puntos marcados con 🔴 no deberías decidir por tu cuenta, sino hacer verificar el estado de forma vinculante antes de dar cualquier paso contractual.

Un obstáculo técnico que deberías conocer#

Muchos servidores oficiales — entre ellos BOE, BOIB, ATIB, AEAT, DGT, CENDOJ, pero también idealista y diversos blogs de despachos de abogados — han bloqueado la descarga automática de texto completo (HTTP 403). Por eso hemos asegurado los valores e identificadores mediante varias fuentes coincidentes que citan el texto primario correspondiente. El resultado: los IDs de BOE/BOIB, así como los números de ley y de sentencia, están verificados. En algunos números de artículo te recomendamos que, para una cita realmente segura desde el punto de vista jurídico, los cotejes una vez más con el texto completo consolidado.


Las principales fuentes primarias de un vistazo#

Estas bases legales constituyen el fundamento del glosario (selección).

Derecho fiscal y civil balear

  • DLeg 1/2014 IB (ITP/AJD): BOE-A-2014-6925 · DL 4/2023 · Ley 12/2023
  • Compilación DLeg 79/1990 IB (Derecho de sucesiones/alou): BOIB-i-1990-90001 · Ley 7/2017 · Ley 8/2022
  • Ley 11/2021 (valor de referencia): BOE-A-2021-11473
  • Decreto-ley 4/2023 (bonificación ISD) · Ley 3/2024 (registro de agentes inmobiliarios): BOE-A-2024-15575

Derecho urbanístico, del suelo y turismo

  • Ley 12/2017 (LUIB) · Ley 1/1991 (LEN) · Ley 22/1988 (Costas) · Ley 38/1999 (LOE) + Ley 20/2015
  • Decreto 145/1997 (cédula) · Decreto-ley 3/2024 (legalización extraordinaria)
  • Ley 8/2012 / Ley 6/2017 (Turismo) · Decreto-ley 4/2025 (ETV)

Impuestos en general, financiación, derecho de arrendamiento y okupas

  • RDLeg 2/2004 (Haciendas Locales, IBI/IVTM) · RDL 26/2021 (plusvalía) · Ley 11/2021 (efectivo)
  • Ley 5/2019 (hipotecas) · Ley 29/1994 (LAU) · Ley 12/2023 (Vivienda) · Ley Orgánica 1/2025 (okupas)

Casos particulares por nacionalidad, vehículo y relocation

  • Ley 8/1975 + RD 689/1978 (Military Permit) · Ley 31/1990 (excepción Suiza)
  • RD 920/2017 (ITV) · Ley 5/2025 (seguro de vehículos) · RD 240/2007 (Certificado UE)

Jurisprudencia → encontrarás las sentencias relevantes recopiladas en el capítulo 23.


Lo que hemos aclarado en las rondas de verificación#

Algunos puntos solo quedaron limpios tras varias pasadas. Aquí documentamos qué se confirmó — y qué se corrigió.

✅ Aclarado en la 2.ª ronda#

  • Artículo del AJD: el tipo general del 1,5 % figura en el art. 15, el tipo reducido del 1,2 % en el art. 17, el tipo incrementado del 2 % en el art. 17 bis.
  • Certificado UE: el umbral determinante es el de 100 % IPREM ≈ 600 €/mes (RD 240/2007); el dato en circulación de «629 €/RD-ley 16/2025» era erróneo.
  • ZBE Palma: en funcionamiento desde el 1.7.2025, vigilada por 19 cámaras, multa de 200 € (Ley 7/2021 + Ordenanza).
  • IBI de Calvià en 0,495 %; la sentencia aplicable es la STS 635/2014 (vicios ocultos — no «35/2014»); los valores orientativos de comunidad de propietarios provienen de Mapfre/Caser.
  • Prescripción en infracciones urbanísticas: 8 años (art. 191 LUIB), no 6; el procedimiento de caducidad se prolonga más de 1 año.
  • Legalización extraordinaria: prestación del 10/12,5/15 % sobre el PEM; una uso turístico queda excluida a efectos registrales.

✅ Aclarado en la 3.ª ronda#

  • IBI de Palma 0,445 % — el tipo más bajo entre las grandes ciudades; tasa de basuras de Palma en torno a 209,72 €/año; IBI de Calvià 0,495 %.
  • ITP familia numerosa = 2 % (límite de 350.000 €); el 5 % se aplica, en cambio, en la VPO.
  • Medidas de la cédula: alturas libres 2,50 m / 2,20 m ✅, superficie mínima de vivienda 36 m².
  • STS 538/2026 confirmada como la sentencia correcta sobre las arras del promotor (no STS 178/2026); la base de la no prescripción en rústico es el art. 196.2 a) LUIB.
  • ETV: la obligación de placa (Anexo 1) está confirmada ✅; en el IVA no cambia nada (la desaparición de la exención llega solo a partir de ~2028).

🔴 Sigue sin resolver — aquí todavía hace falta la fuente primaria o CENDOJ#

  • Importes finales del IVTM para Palma/Calvià, así como el importe absoluto de la tasa de basuras de Calvià (los PDF de la Ordenanza están bloqueados con error 403).
  • ECLI/Ponente de la STS 538/2026, así como ROJ/ECLI de la STSJ IB 326/2021 (se conoce al ponente Frigola Castillón, pero faltan el ROJ/ECLI) — a través de CENDOJ.
  • Los números exactos de artículo en el DLeg 1/2014 (familia numerosa art. 10 frente a 12; reducción VPO).
  • retranqueos/alturas en rústico; en la cédula, la cuestión de la «habitación de 6 m²» (hasta ahora solo está acreditado que se exige ≥ 1 habitación con 8 m²).
  • Impugnación del valor de referencia: los requisitos del informe pericial (el recurso TS rec. 8442/2024 está pendiente).

Nota sobre la publicación (SEO)#

Si este glosario se publica en línea, se recomienda el siguiente procedimiento:

  • Publicar cada capítulo como página independiente con su propia URL (la página pilar es este índice), manteniendo el enlazado interno.
  • Ampliar el marcado con esquemas DefinedTermSet y FAQPage de Schema.org (los bloques de preguntas frecuentes ya están preparados por capítulo).
  • Mantener las palabras clave bilingües — término alemán y español — en los encabezados H2/H3.
  • Enlazar desde los anuncios de forma dirigida mediante #anchor a términos concretos.

Para terminar: este glosario es un documento vivo; el contenido está actualizado a 2025/2026. No sustituye el asesoramiento jurídico o fiscal — recurre en cada caso concreto a un abogado, asesor fiscal y arquitecto.
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